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ASSEMPSA MENORCA
Asesoramiento fiscal, contable y laboral

14 feb, 2022
1. Presunción contrato indefinido como regla general. Desde el 30/03/2022, el contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido. ¿Qué implica esto? - Desaparece el contrato por obra o servicio. Recordemos así, que la tipología de dichos contratos era de duración determinada, regulados por el RD 2720/1998, de 18 de diciembre. - Si se establece temporalidad en la contratación, es necesario que se especifique con precisión la causa habilitante y las circunstancias. - El contrato de trabajo de duración determinada solo podrá celebrarse por circunstancias de la producción o sustitución de persona trabajadora. 2. Desaparición contrato de obra o servicio Desde el 30/03/2022 desaparece esta tipología de contrato, pero se establece un período de transición para los contratos que se hayan celebrado desde el 31/12/2021 hasta el 30/03/2022. En ese caso, las contrataciones temporales no podrán superar los seis meses. 3. Nuevos contratos de duración determinada Para que se entienda que se concurre causa justificada de temporalidad, es necesario que se especifique con precisión la causa de temporalidad y las circunstancias que la justifican. Los nuevos contratos de duración determinada son el contrato de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción y el contrato de trabajo de duración determinada por sustitución de persona trabajadora 4. Nuevos contratos formativos Se establecen nuevas tipologías de contratos formativos, tales como el contrato de formación dual (se produce una alternancia entre el trabajo y la formación) y el contrato para la obtención de práctica profesional. 5. Se potencia el contrato fijo-discontinuo Esta tipología se concertará para la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporales o aquellos que no tengan dichas características pero tengan periodos de ejecución determinados. En el sector de la construcción, los contratos ordinarios también serán los indefinidos. 6. Prevalencia convenio sector y retorno de la ultraactividad Se modifica el art. 84.2 ET, los convenios marcaran los salarios mínimos y se modifica el art. 86 del ET, el cual dicta que las condiciones establecidas en convenio seguirán en vigor después de que termine su vigencia. 7. Modernización de la contratación y subcontratación de actividades empresariales Siempre habrá un convenio colectivo sectorial aplicable (puede ser el de la actividad desarrollada en la empresa principal). En caso de que realice el trabajador actividades esenciales para el desarrollo de la empresa, se aplicará el convenio de la actividad que desarrolla la contrata. 8. Nuevos ERTES. Se mantiene el ERTE TOP, se desarrolla el ERTE por fuerza mayor y se añade la regulación de los ERTE por impedimento o limitación. 9. Cambios cotizaciones Se incrementa la cotización en los contratos de duración determinada inferior a 30 días. 10. Endurecimiento sanciones en materia de contratación temporal Las infracciones graves que son asociadas a incumplimientos normativos sobre contratación temporal, se sancionan con la multa siguiente. - En su grado mínimo de 1.000 a 2.000 euros - En su grado medio de 2.001 a 5.000 euros - En su grado máximo de 5.001 a 10.000 euros Si se encuentra afectado por una de las circunstancias aquí descritas, desde Assempsa Asesores Menorca le asesoramos en toda la materia laboral.
Por Assempsa menorca 13 jul, 2021
Entendemos como brecha salarial de género como la distinción en la retribución percibida basada en el sexo del trabajador. ¿Cuáles son las principales causas de la brecha salarial? - Discriminación en el lugar de trabajo. Esto sucede cuando, realizando el mismo trabajo, un hombre cobra más que una mujer. - Dificultad de conciliar la vida laboral y familiar. Suele aumentar la brecha salarial cuando hay presencia de infantes, lo que obliga a las mujeres, como medida de “conciliación”, reducir su jornada. - Diferentes salarios por sectores: en aquellos trabajos donde predominan las mujeres (normalmente el sector sanitario, donde el 80% de la plantilla son mujeres), los salarios son más bajos. - Diferentes criterios de valoración en los puestos de trabajo, otorgando más importancia a las funciones realizadas por el sexo masculino. ¿CÓMO SE CALCULA? Mediante la media de ingresos brutos por hora. Se realiza a partir de los sueldos que se pagan a los empleados antes de deducir el impuesto sobre la renta y las contribuciones a la Seguridad Social. ¿CÓMO COMBATIRLA? - Mediante una revisión de pagos anual - Haciendo públicos los salarios - Implantar el currículum ciego. Es una nueva forma de presentación de CV, en el cual no se proporcionan los datos personales, si no que solo se indican los conocimientos y la experiencia del usuario, con el fin de evitar discriminaciones.
Por websitebuilder 02 jul, 2021
¿QUÉ ES UN REGISTRO RETRIBUTIVO? Cuando eres poseedor de una empresa, tienes que llevar al día una serie de documentos relacionados con tus trabajadores. En este caso, vamos a hablar del registro retributivo, a raíz de la nueva modificación del Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre. - ¿Qué es un registro retributivo? Es un documento, donde se redacta la información salarial de la empresa. En ese documento, se va a detallar, de forma separada, las percepciones salariales entre hombres y mujeres, `para reflejar que en la empresa, no hay desigualdades retributivas, y si las hay, no son por distinción de sexo. - ¿Para que sirve? Reclamar la justificación de las desviaciones. Recordad que si en una empresa de más de 50 trabajadores hay una brecha salarial del 25% donde el empresario tiene que justificar dicha diferencia. Mejorar la transparencia retributiva, ya que los trabajadores, mediante sus representantes, tienen derecho a visualizar el documento. Facilitar las auditorías retributivas que la empresa ha de realizar para elaborar el plan de igualdad - ¿Qué debe incluir? Los valores medios desagregados por sexos de: - Salario - Complementos salariales - Percepciones extra salariales de la plantilla  El registro contemplará la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido según el grupo profesional, la categoría profesional, el nivel, puesto o cualquier otro criterio aplicable. Este registro, tiene como periodo de referencia de un año. Desde Assempsa Asesores Menorca, nos encargamos de realizar los trámites necesarios, redacción de la información, reclamaciones..
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